Decreto Rectoral 954 de 2007

Para Autores

DECRETO RECTORAL NO. 954 
(7 DE FEBRERO DE 2007)

El Rector del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario en uso de sus atribuciones Constitucionales,

 

DECRETA:

Artículo 1. Adoptar las siguientes políticas editoriales:


Artículo 2. Principio general

La Editorial Universidad del Rosario tendrá como función académica y social fomentar, preservar y difundir el conocimiento en la sociedad. Para este propósito, por intermedio de la Editorial, la Universidad orienta, busca, obtiene, evalúa y selecciona, para su publicación, posterior difusión y distribución, las obras académicas de calidad y rigor científico con sentido de responsabilidad (independientemente del soporte: impreso o electrónico).


Artículo 3. Principios específicos

La Vicerrectoría es la dependencia central responsable de la dirección de la gestión editorial en la Universidad. Contará con el apoyo de un Comité Asesor Editorial, la Editorial Universidad del Rosario y de comités editoriales de facultades.


Artículo 4. Comité Asesor Editorial

La Vicerrectoría contará con el apoyo de un Comité Asesor Editorial para las publicaciones de la Universidad, el cual estará integrado por:

  1. El vicerrector, quien lo presidirá
  2. El director de la División Financiera o su delegado, con amplio conocimiento de las actividades académicas de la Universidad.
  3. El director de la Oficina de Aseguramiento para la Calidad.
  4. El director la Editorial Universidad del Rosario, quien actuará como secretario del Comité.

Parágrafo: Serán funciones del Comité Asesor Editorial:

  1. Proponer políticas de publicaciones de la Editorial Universidad del Rosario.
  2. Servir de organismo asesor para las publicaciones.
  3. Crear subcomités especializados y designar expertos que colaboren en las labores de evaluación de obras, cuando lo considere conveniente.
  4. El director de la Oficina de Planeación Académica.
  5. Las demás propias de la naturaleza de su tarea o conexas con ella.

Artículo 5. La Editorial Universidad del Rosario

La Editorial Universidad del Rosario velará por el cumplimiento de las disposiciones de la Universidad del Rosario sobre publicaciones, y tendrá a su cargo la gestión de éstas.

Parágrafo: Serán funciones de la Editorial Universidad del Rosario:

  1. Asesorar a las dependencias sobre el ejercicio de la publicación académica.
  2. Designar y solicitar la evaluación de pares.
  3. Velar por la visibilidad y circulación de la información.
  4. Cuidar la calidad y veracidad de la información, y su pertinencia para la sociedad. .
  5. Vigilar la calidad de la impresión y/o de la presentación digital del material.
  6. Las demás propias de sus funciones.

Artículo 6. Comités editoriales de facultades

Los comités editoriales de facultades reciben y evalúan las diferentes propuestas de sus profesores, para que cumplan con las normas establecidas. El comité editorial de cada facultad propones la publicación de libros o textos para cursos con apoyo tecnológico, la decisión de publicación compete al Comité Asesor Editorial.

Los comités editoriales estarán compuestos por:

  1. El decano, quien lo preside.
  2. Dos representantes de los grupos de investigación de la facultad.
  3. El director administrativo de la facultad.
  4. El editor o director de la revista de la facultad.

Parágrafo: Serán funciones de los comités editoriales de facultades:

  1. Asesorar al decano en lo relacionado con las publicaciones.
  2. Tener y mantener una base de datos de pares académicos para la evaluación de libros, artículos de revistas, borradores de investigación, manuales de enseñanza y cursos con apoyo virtual.
  3. Proponer los pares evaluadores.
  4. Las demás propias de sus funciones
  5. El comité editorial de las facultades se reunirá dos veces al semestre y entregará una copia del acta a la Editorial Universidad del Rosario.
  6. En lo demás, el decano, con el apoyo del Comité, definirá el reglamento de funcionamiento.

Artículo 7. Generalidades

  1. La preparación editorial (y pedagógica, si es pertinente) de las obras seleccionadas debe garantizar la calidad y oportunidad de su presentación.
  2. Los interesados en publicar con la Editorial Universidad del Rosario deben conocer los procesos y plazos de evaluación, preparación editorial (y pedagógica, si aplica), impresión (cualquiera que sea su formato) y publicación a los cuales se someten las obras.

Artículo 8. Tipos de publicaciones

Para clasificar las publicaciones se tienen en cuenta las siguientes tipologías:

● Revistas científicas

Son publicaciones seriadas especializadas donde se publican artículos científicos de diferentes áreas del saber, dirigidos a un público específico. Sus textos son originales, es decir, la información debe ser originada por el autor y sustentada por otros trabajos (referencias bibliográficas). En sí, la finalidad de este tipo de publicación es comunicar investigaciones y sus resultados, ideas y debates, de manera clara, concisa y fidedigna.

Las revistas científicas de la Universidad publican trabajos, ensayos y artículos; es decir, artículos completos y autónomos que tienen su propia temática, ya sean de carácter científico, técnico, artístico, humanístico o pedagógico, con el objetivo de cumplir los requisitos de calidad académica propios de revistas indexadas en el ámbito nacional e internacional.1

Cuando se habla de artículos científicos, no sólo se considera que sean documentos originales derivados de proyectos de investigación sobre problemas teóricos o prácticos, sino también que los procesos de los que se derivan estén explícitamente señalados en el documento potencial que se va a publicar. Dentro de esta categoría de científicos se encuentran también los artículos de revisión, los cuales contienen estudios hechos por el autor con el fin de dar una perspectiva general del estado de algún asunto y de sus evoluciones durante un periodo. Así mismo, en este tipo de artículos se señalan las perspectivas de su desarrollo y evaluación futura, y en ellos hay una amplia revisión bibliográfica. 2

● Libros que resulten de una labor de investigación

De acuerdo con las Políticas de Investigación de la Universidad del Rosario, son los textos producidos por las investigaciones adelantadas por parte de los miembros de las diferentes unidades académicas de la Universidad, a través de sus líneas o programas de investigación.

Estos textos de investigación responden a posibles soluciones de múltiples problemas que enfrenta la sociedad, y le permiten a la Universidad mostrarse como un interlocutor válido para la comunidad científica nacional e internacional frente a lo que acontece a su alrededor.

La evaluación de estos textos para su publicación se efectúa según los parámetros institucionales, como el impacto académico, social y financiero, en relación con los criterios nacionales e internacionales de Colciencias. Hay que tener en cuenta que la evaluación por parte de pares para su publicación es distinta de la evaluación de pares de investigación.

Este tipo de textos deben reunir las siguientes características:

  1. Desarrollo completo de una temática; se debe garantizar la unidad de la obra.
  2. Adecuada fundamentación teórica respecto al tema tratado.
  3. Tratamiento metodológico del tema, propio de las producciones académicas y científicas
  4. Aportes y reflexión personal de los investigadores.
  5. Pertinencia y calidad de las fuentes y de la bibliografía empleada.
  6. Carácter inédito de la obra.

● Libros que resulten de una labor de extensión

De acuerdo con las Políticas de Extensión de la Universidad del Rosario, son los textos producidos por las acciones adelantadas por parte de los miembros de las diferentes unidades académicas de la Universidad.

Estos textos responden al planteamiento de posibles soluciones prácticas a las múltiples problemáticas de la comunidad en general, y le permiten a la Universidad interactuar, en un diálogo dinámico de conocimiento, con los agentes sociales y comunitarios de la sociedad.

La evaluación de estos textos para su publicación se efectúa según los parámetros institucionales, como el impacto académico, social y financiero. La posibilidad de publicaciones se deriva de la clasificación institucional existente de actividades: de docencia-extensión, de investigación-extensión y propiamente de extensión. Por lo tanto, se considerará la publicación de casos, metodologías, modelos de gestión o resultados de extensión.

Este tipo de textos debe reunir las siguientes características:

  1. Desarrollo completo de una temática, lo cual debe garantizar la unidad de la obra.
  2. Adecuada fundamentación teórica respecto al tema, modelo o desarrollo generado.
  3. Respeto por los acuerdos de confidencialidad con las empresas asesoradas
  4. Aportes y reflexión personal de los escritores o consultores.
  5. Pertinencia y calidad de las fuentes y de la bibliografía empleada.
  6. Carácter inédito

● Libros de texto

Estos libros tienen una finalidad auténticamente pedagógica; pueden incluir los contenidos de un curso de la Universidad dada su característica didáctica, y sirven para fortalecer los procesos de enseñanza, por lo tanto deben ser didácticos.

Los libros realizados con una finalidad pedagógica tienen las siguientes características:

  1. Orientación hacia el proceso enseñanza-aprendizaje
  2. Desarrollo completo del tema en el nivel correspondiente.
  3. Actualidad del contenido.
  4. Carácter didáctico
  5. Aportes del autor.
  6. Carácter inédito.

● Libros de ensayo

Estos libros comprenden la producción intelectual de la comunidad universitaria, como resultado de inquietudes de su quehacer académico, y están dirigidos a un público específico. Dentro de estos libros se encontrarán: tesis de pregrado y de posgrado destacadas por su trascendencia y que hayan sido reelaboradas para su publicación, y documentos de interés general presentados por profesores o investigadores de las distintas unidades académicas de la Universidad.

Son libros de ensayo los que cumplen los siguientes criterios:

  1. Desarrollo completo de una temática.
  2. Adecuada fundamentación teórica respecto al tema tratado.
  3. Tratamiento metodológico del tema propio de los libros de esta naturaleza.
  4. Aportes y reflexión personal del autor.
  5. Pertinencia y calidad de las fuentes y de la bibliografía empleada
  6. Carácter inédito.

● Informes preliminares producto de investigación

Son documentos breves que presentan resultados preliminares de proyectos de investigación en dominios particulares del conocimiento. Con la publicación de estos documentos se intenta establecer precedentes sobre el derecho de prioridad intelectual.

Estos ensayos, artículos o disertaciones preliminares de un tema determinado, producidos en el campo de la actividad investigativa del docente, se publicarán si cumplen los siguientes criterios

  1. Desarrollo de una temática.
  2. Fundamentación teórica respecto al tema tratado.
  3. Tratamiento metodológico del tema propio de los textos de esta naturaleza.
  4. Aportes y reflexión personal del autor.
  5. Pertinencia y calidad de las fuentes y de la bibliografía empleada.
  6. Carácter inédito.
  7. Extensión limitada. Un ensayo, artículo o disertación preliminar no deberá exceder las 50 cuartillas, entendiendo por cuartilla: hoja tamaño carta (21,5 x 28 cm), interlineado doble, fuente Times New Roman de 12 puntos. El total de cuartillas incluye tablas y figuras.

● Cursos con apoyo tecnológico

Estos cursos tienen una finalidad auténticamente pedagógica en el desarrollo de los contenidos de un curso de la Universidad en pregrado, posgrado o educación continuada. Son la base para apoyar procesos de enseñanza-aprendizaje y, por lo tanto, deben ser presentados de una manera didáctica y obedeciendo a intencionalidades pedagógicas.

Estos cursos deben incluir:

  1. Desarrollo completo del tema en el nivel correspondiente, con una secuencia sugerida.
  2. Guías de aprendizaje.
  3. Enunciación de sus objetivos.
  4. Actualidad del contenido y sus referencias de profundización y consulta.
  5. Planteamiento del desarrollo de actividades de aprendizaje pertinentes
  6. Planteamiento formas de evaluación y autoevaluación acordes con los objetivos de aprendizaje planteados
  7. Estructuración y desarrollo de material inédito.
  8. Aportes del autor.
  9. Mecanismos que favorezcan el aprendizaje colaborativo y el desarrollo metacognitivo.
  10. Cumplimiento de los estándares internacionales y las normas establecidas por la Universidad, que garanticen su reutilización e interoperatividad.

Artículo 9. Colecciones

En el mundo editorial es común crear colecciones para agrupar un determinado conocimiento o saber. Las colecciones garantizan al lector elementos diferenciadores y de fácil reconocimiento y rápido acceso al material de su interés. En la Universidad del Rosario se establecen colecciones por áreas de conocimiento y por función del texto (véase Cuadro 1).


Artículo 10. La Universidad publicará en las siguientes colecciones:

1. Textos Académicos

Esta colección recoge los textos de las diferentes líneas de investigación de la Universidad, con el ánimo de contribuir al avance del conocimiento y al debate académico en los ámbitos nacional e internacional.

2. Textos Institucionales

En el trabajo universitario hay una serie de materiales que deben circular interna y externamente, la colección será dirigida por la Rectoría

3. Lecciones

Esta colección reúne materiales que el estudiante debe tener para el desarrollo de los cursos propuestos en los programas de las facultades. Los temas que publica esta colección pretenden la formación integral de nuestros estudiantes. En esta colección se encuentran los libros de texto.

4. Colecciones Clásicos del Saber

Esta colección recoge los textos más relevantes en el ámbito internacional en las diferentes áreas del conocimiento

5. Revistas científicas

Las revistas científicas de la Universidad del Rosario contienen artículos originales sobre investigaciones y sus resultados, artículos de reflexión sobre un problema o temática particular y artículos de revisión. 3

6. Documentos de Investigación

Esta colección presenta los primeros avances de los grupos de investigación, y está dirigida, específicamente, a la comunidad científica, con el objetivo de obtener retroalimentación. Es de carácter seriado.


Artículo 11. Valoración de las publicaciones

Al publicar con la Editorial Universidad del Rosario, los profesores reciben una valoración por sus publicaciones según la Reglamentación de Ingreso, Promoción y Permanencia para Profesores de Carrera Académica y la Política de Desarrollo del Talento Humano de la Universidad.


Artículo 12. Reglamento

La descripción de procedimientos estipulados por la Universidad para las publicaciones y la caracterización más precisa de éstos se incluirán en el reglamento correspondiente.


Artículo 13. Recomendaciones de publicación y otros casos

La recomendación de publicar obras por parte de las unidades académicas o administrativas de la Universidad no obliga a su publicación; las obras recomendadas deberán ser sometidas a lo estipulado en estas disposiciones y se sujetarán a los trámites previstos.

Las dependencias no podrán promover concursos cuyo premio sea la publicación de las obras ganadoras. Las obras seleccionadas como ganadoras podrán ser sometidas a consideración y se sujetarán a los trámites establecidos en este reglamento


Articulo 14. Decisión de Publicación

El director de la Editorial Universidad del Rosario informará a la Facultad o al autor, si es el caso, sobre la decisión adoptada, dentro de los ocho días siguientes a la fecha en que se consideró la publicación del proyecto. En caso de que la obra no sea aprobada, se devolverán los materiales entregados.

Nota: En caso de que los evaluadores consideren que deben hacerse modificaciones a la obra antes de ser publicada, se podrá emitir una aprobación condicionada a que se introduzcan dichas modificaciones.


Artículo 15. Vigencia

Las presentes políticas, reglamento y procedimientos rigen a partir de su expedición y derogan las normas, de igual jerarquía, incompatibles con sus disposiciones.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en el Salón Rectoral, en Bogotá D.C., el siete (7) de febrero de dos mil siete (2007).

El Rector,

Hans Peter Knudsen Quevedo

El Secretario General,

Luis Enrique Nieto Arango

1: Referirse a los documentos de Colciencias: El servicio permanente de Indexaxión de Revistas Científicas y Tecnológicas colombianas, Bogotá, diciembre de 2003, y Condiciones para la selección y la clasificación de las revistas dentro del índice nacional de publicaciones seriadas científicas y tecnológicas, Bogotá, 2001.

2: Este reglamento es una directriz general, cada una de las publicaciones de la Universidad deberá seguir los lineamientos que establece Conciencias para la indexación, ver: Colciencias, “Servicio Permanente de Indexación de Revistas Científicas y Tecnológicas Colombianas. Base Bibliográfica Nacional, Índice Bibliográfico Nacional – Publindex”, agosto de 2006, los editores de las revistas de la Universidad deberá consultar los documentos actualizados del sistema Publindex.

3: Para saber más acerca de las revistas científicas véase el artículo 7.

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